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href=\"https:\u002F\u002Fwww.donacarmen.de\u002Ferklarung-von-dona-carmen-e-v-aus-anlass-der-verabschiedung-des-gesetzes-zur-bekampfung-des-menschenhandels-und-uberwachung-von-prostitutionsstatten\u002F\">28 de junio de 2013\u003C\u002Fa> por \u003Ca href=\"https:\u002F\u002Fwww.donacarmen.de\u002Fauthor\u002Fadmin\u002F\">Doña Carmen\u003C\u002Fa>\u003C\u002Fstrong>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>En la noche del jueves al viernes, 28.06.2013, el Bundestag alemán aprobó en 2ª y 3ª lectura el \"Proyecto de ley para la lucha contra la trata de seres humanos y la vigilancia de los establecimientos de prostitución\" presentado el 4 de junio de 2013 por los grupos parlamentarios de la CDU\u002FCSU y el FDP. La implementación de la directiva de la UE 2011\u002F36\u002FEU, hostil a la prostitución, fue la ocasión perfecta para una restricción masiva del derecho constitucional al libre ejercicio de la profesión en el trabajo sexual. El punto central de la nueva ley es una regulación del derecho mercantil de la prostitución con la clasificación de los establecimientos de prostitución como \"negocios sujetos a vigilancia\" según el § 38 de la Ordenanza Industrial (Gewerbeordnung).\u003C\u002Fstrong> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>La nueva ley se promociona y comercializa públicamente como una \"igualdad de trato en el derecho mercantil\" para el sector de la prostitución y como una \"mejora\" de las condiciones marco del trabajo sexual en la prostitución. Nada de esto es cierto.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>De hecho, la regulación mercantil ahora aprobada constituye una injerencia masiva en el derecho al libre ejercicio de la profesión que también asiste constitucionalmente a las trabajadoras sexuales. En lugar de apostar por más derechos para las trabajadoras sexuales en la prostitución, se apuesta de nuevo, y sin motivo objetivo, por más facultades de control y vigilancia administrativa y policial frente a las afectadas.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Bajo el pretexto de la implementación de la directiva de la UE 2011\u002F36\u002FEU y de una lucha más eficaz contra la llamada \"trata de seres humanos\", de lo que se trata en realidad es del desmantelamiento de la Ley de Prostitución aprobada en 2002. Esa ley representaba –pese a todas las críticas necesarias– una forma de legalización de la prostitución. Tras apenas 11 años y una desmesurada campaña mediática de acoso contra el trabajo sexual legalizado en la prostitución, la Ley de Prostitución de 2002 ha quedado ahora sustancialmente vaciada. Resulta ser un accidente laboral en la historia de la política alemana sobre prostitución.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Es también el \u003Cstrong>fin de la hipocresía\u003C\u002Fstrong>: la promesa de una legalización de la prostitución acorde con los intereses legítimos de las trabajadoras sexuales ha sido rota por el Parlamento con la ley más reciente. A diferencia de la Ley de Prostitución de 2002, concebida principalmente como una ley de escaparate y mantenida en adelante como una hoja de parra, la futura regulación mercantil con la clasificación de los establecimientos de prostitución como \"negocios sujetos a vigilancia\" según el § 38 de la Ordenanza Industrial tendrá un efecto práctico (negativo) extraordinario: la ampliación de las facultades de control administrativo y policial resultará ser un medio para la máxima contención de la prostitución deseada políticamente.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>De ahí también la inconfundible y profunda satisfacción de los opositores a la prostitución de todos los colores ante la restricción que sufrirá el ejercicio profesional de las trabajadoras sexuales en la prostitución con la nueva ley.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>En contra de la terminología oficial de una \"igualdad mercantil\" de la prostitución creada con la ley, se trata en realidad de una \u003Cstrong>continuación y ampliación de la discriminación del trabajo sexual en la prostitución, camuflada bajo el derecho mercantil.\u003C\u002Fstrong>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Los siguientes siete puntos avalan esta visión:\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>(1)\u003C\u002Fstrong> \u003Cstrong>Ausencia de una justificación legal basada en hechos objetivos:\u003C\u002Fstrong>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>No existe una justificación objetiva para la clasificación de los establecimientos de prostitución como \"negocios sujetos a vigilancia\" que realiza la ley. En la exposición de motivos de la ley para la ampliación de las facultades de control y vigilancia ejecutadas ahora por vía mercantil, solo se dice: \"La explotación de establecimientos de prostitución es sensible desde el punto de vista de la política criminal. Para la prevención de fenómenos delictivos acompañantes como la trata de seres humanos, la prostitución forzada y la explotación sexual, es razonable un examen preventivo de la fiabilidad del empresario\". (Documento 17\u002F13706, pág. 9)\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Sin embargo, no se puede hablar de un aumento real de los \"fenómenos delictivos acompañantes\" de la prostitución que justificaría tal endurecimiento en el trato a la misma. Pues, según la estadística criminal de la policía, la llamada \"criminalidad acompañante\" lleva años disminuyendo. En el año 2002, cuando entró en vigor la entonces Ley de Prostitución, la estadística policial mostraba 776 presuntas víctimas de \"explotación de la prostitución\" (§ 180a StGB). ¡Diez años después, en el año 2012, solo había 58 presuntas víctimas! En el año 2002, la estadística criminal policial mostraba 793 presuntas víctimas del delito de \"proxenetismo\" (§ 181a StGB). En el año 2012, solo hubo 267 presuntas víctimas en este tipo penal. En el año 2002 se contabilizaron 988 presuntas víctimas del delito de \"trata de seres humanos\". En 2012 solo hubo 642 presuntas víctimas de \"trata de seres humanos con fines de explotación sexual\". En el año 2011, solo una persona fue condenada como autor en caso de \"explotación de prostitutas\", solo 32 autores en caso de \"proxenetismo\" y 117 autores en caso de \"trata de seres humanos\".\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>La ampliación real que muestran las redadas masivas y exhaustivas y los controles rutinarios en el sector de la prostitución, así como el endurecimiento de la legislación sobre trata de seres humanos (la última vez en 2005), contradicen la suposición de que una vigilancia insuficiente y unas leyes penales demasiado laxas pudieran ser la causa del descenso en la evolución de la criminalidad. Si ahora, a pesar de este descenso de la criminalidad, se endurece el trato legal a la prostitución mediante una ampliación del control y la vigilancia, esto no se basa en consideraciones objetivamente justificadas, sino en el mero interés de los opositores a la prostitución en combinación con el rechazo a la migración.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Con el pretexto de la \"prevención\" se pueden anular perfectamente –como se ve aquí– todos los derechos civiles, no solo en la prostitución. De hecho, es una prueba de la incapacidad que los defensores abiertos y encubiertos de la nueva ley antiprostitución se otorgan a sí mismos.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>(2)\u003C\u002Fstrong> \u003Cstrong>Desigualdad de trato mercantil mediante el \"examen de fiabilidad\" en combinación con disposiciones penales especiales discriminatorias sobre la prostitución\u003C\u002Fstrong>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>La inclusión de los establecimientos de prostitución en el catálogo de \"negocios sujetos a vigilancia según el § 38 párrafo 1 GewO tiene como consecuencia \"una comprobación automática de la fiabilidad del empresario inmediatamente después de realizar la declaración de inicio o cambio de actividad\". A diferencia de la gran masa de \"negocios sujetos a declaración\" (según el § 14 GewO), donde este \"examen de fiabilidad\" no está previsto, se trata aquí de una sospecha generalizada. Desde 2002, el Comité de los Estados Federados para el Derecho Mercantil ha recomendado para los negocios de prostitución el estatus de \"negocio sujeto a declaración\". Lo que ahora debe justificar la sospecha generalizada de \"negocio sujeto a vigilancia\" permanece en la oscuridad. La clasificación como negocio sujeto a vigilancia no solo corresponde a una sospecha generalizada objetivamente injustificada, sino que implica además una desigualdad de trato legal tangible del sector de la prostitución frente a otros sectores comerciales. Pues, a diferencia de otros negocios, el sector de la prostitución está sujeto adicionalmente a una regulación penal y administrativa exhaustiva, dirigida específicamente a la prostitución. Esto incluye:\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>(1) § 180a StGB Explotación de prostitutas (2) § 181a StGB Proxenetismo + § 181b Supervisión de la conducta (referido al § 181a) (3) § 184e StGB Ejercicio de la prostitución prohibida (4) § 184f StGB Prostitución que pone en peligro a la juventud (5) § 232 StGB Trata de seres humanos con fines de explotación sexual (6) § 233a StGB Fomento de la trata de seres humanos (referido al § 232) (7) Art. 297 EGStGB Prohibición de la prostitución \u002F Ordenanzas de zonas restringidas (8) § 119 \u002F § 120 OWiG Actos gravemente ofensivos y molestos; Ejercicio prohibido de la prostitución; Publicidad de la prostitución\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>La inclusión de personas en los correspondientes procedimientos de investigación penal podrá instrumentalizarse fácilmente para negar a las personas del sector de la prostitución la fiabilidad necesaria. Frente a otros negocios, existe por tanto una clarísima desigualdad de trato. Por consiguiente, no se puede hablar de una igualdad mercantil de los establecimientos de prostitución con otros establecimientos comerciales.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>(3)\u003C\u002Fstrong> \u003Cstrong>Ampliación cuantitativa y cualitativa de las facultades de control y vigilancia administrativa mediante \"información e inspección\":\u003C\u002Fstrong>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Con la clasificación como \"negocio sujeto a vigilancia según el § 38 GewO conlleva que \"las autoridades competentes... para la vigilancia de la explotación dispongan además de los derechos de información e inspección del § 29 GewO\". Las \"autoridades competentes\" o sus \"delegados\" están facultados, sin orden judicial de registro, para realizar en cualquier momento \"comprobaciones y visitas\" sin causa justificada. Es de esperar que la práctica de control frente al sector de la prostitución se amplíe aún más de lo que ya es el caso. Más allá de las redadas masivas habituales en el sector de la prostitución, actualmente se controlan unas 44.000 personas al año en unos 11.500 llamados \"controles rutinarios\". La ampliación esperada de esta práctica supone un incremento cualitativo respecto a la vigilancia del comportamiento sexual de personas adultas. Pues también los clientes de las trabajadoras sexuales se verán sometidos a esta práctica de vigilancia.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>La vigilancia de los establecimientos comerciales para el cumplimiento de las disposiciones legales que les son aplicables recae en Berlin ya en gran parte en el Servicio Exterior de Comercio de la Policía Criminal (GAD). Es el objetivo declarado de la BKA así como de los Ministros del Interior de los Estados Federados que la \"información e inspección\" en el caso del sector de la prostitución –a diferencia de otros negocios– se defina como una tarea policial. Esto impulsaría aún más la tendencia hacia redadas policiales simultáneas, sorpresivas y que abarcan varios estados federados.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>La indicación en la exposición de motivos de la ley: \"La explotación de establecimientos de prostitución es sensible desde el punto de vista \u003Cu>político-criminal\u003C\u002Fu>\" (pág. 9), que se trataría de la \"prevención \u003Cu>policial-mercantil de fenómenos delictivos acompañantes\u003C\u002Fu> como la trata de seres humanos, la prostitución forzada y la explotación sexual\" (Documento 17\u002F13706, pág. 9) es algo más que la habitual estigmatización del sector de la prostitución como intrínsecamente ligado a la llamada \"criminalidad acompañante\". Estas afirmaciones apuntan en la dirección de confiar a la policía la vigilancia mercantil, a diferencia de otros tipos de negocios. A esto apunta también la amalgama de la problemática \u003Cu>penal\u003C\u002Fu> de la lucha contra la llamada \"trata de seres humanos\" con cuestiones de la regulación \u003Cu>mercantil\u003C\u002Fu> de la prostitución. Aquí se produce de manera inadmisible un abuso del derecho mercantil, motivado por el estado de vigilancia, para fines que nada tienen que ver con esta materia jurídica y le son ajenos.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>(4)\u003C\u002Fstrong> \u003Cstrong>Control casi total del sector de la prostitución mediante un concepto de \"establecimiento de prostitución\" insuficientemente definido y sobredimensionado\u003C\u002Fstrong>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>En la exposición de motivos de la ley se dice: \"Se considerarán establecimientos de prostitución, en particular, los burdeles, casas de citas, establecimientos tipo burdel y otros negocios relacionados con servicios sexuales profesionales que sean reconocibles exteriormente como establecimientos de prostitución y sean percibidos como tales. Los locales puramente privados no quedan, por tanto, incluidos, porque no son accesibles a una comprobación del derecho de ordenación económica. Esto también se aplica al alquiler de una vivienda con el fin de ejercer la prostitución profesional\". (Documento 17\u002F13706, pág. 9)\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Con el criterio subjetivo de que los establecimientos de prostitución son \"negocios relacionados con servicios sexuales\" que también \"son percibidos como tales\", cualquier burdel en piso alquilado por dos o tres mujeres que se anuncie en internet entra en la categoría de necesidad de vigilancia mercantil, incluyendo el \"examen de fiabilidad\" (certificado de antecedentes penales) y el cumplimiento de requisitos. El carácter de \"locales puramente privados\", que no caen bajo la vigilancia mercantil, solo debería aplicarse al caso especial de que una mujer ejerza la prostitución en su propia vivienda. Tan pronto como colabore con otras mujeres que ejerzan la prostitución en la vivienda, pero que no estén empadronadas allí y no vivan allí realmente, el carácter \"puramente privado\" de los locales podría ser cuestionado rápidamente. La ampliación de la vigilancia en forma de \"información e inspección\" debería extenderse tendencialmente a todos los locales en los que más de dos mujeres ejerzan la prostitución. Eso era, por lo demás, exactamente el objetivo de la Conferencia de Ministros del Interior de 2010.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>(5)\u003C\u002Fstrong> \u003Cstrong>Protección de la sociedad frente a la prostitución con \"requisitos\" y mediante conceptos jurídicos indeterminados\u003C\u002Fstrong>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Sobre la base de la nueva ley antiprostitución se produce, vía regulación mercantil, una ampliación de las disposiciones especiales discriminatorias frente a la prostitución. Una vez más, se pretende proteger a la sociedad de las \"molestias\" de la prostitución –ese es el mensaje estigmatizador. Así se dice en el proyecto de ley: \"Además, el ejercicio de la actividad comercial puede hacerse depender de requisitos para la protección de la colectividad, de los clientes, de las prostitutas o de los habitantes del inmueble del negocio o de los inmuebles vecinos frente a peligros, desventajas considerables o molestias considerables\". (pág. 1)\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>A las autoridades comerciales locales se les concede, con estos objetivos que siguen la tradición y lógica de las clásicas ordenanzas de zonas restringidas, un amplio campo de actuación respecto a la contención de la prostitución. Se puede estar seguro de que las \"autoridades competentes\" agotarán este margen que se les concede con la imaginación habitual. El camino quedaría libre para una obligación de uso de preservativo a nivel nacional para la protección de los clientes o de las prostitutas –según la interpretación.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>(6)\u003C\u002Fstrong> \u003Cstrong>Camino libre para un registro administrativo y un perfil de movimientos constantemente actualizado de las trabajadoras sexuales\u003C\u002Fstrong>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Si los establecimientos de prostitución están clasificados como \"negocios sujetos a vigilancia\" según el § 38 párrafo 1 GewO, también se les aplica el párrafo 3 de dicho artículo: \"Los gobiernos de los estados federados pueden determinar mediante reglamento, para los sectores comerciales mencionados en el párrafo 1, de qué manera los empresarios deben llevar sus libros y registrar en ellos datos sobre ramas de negocio individuales, socios comerciales, clientes y terceros afectados\".\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Con ello, el registro administrativo de las trabajadoras sexuales que operan en \"establecimientos de prostitución sujetos a vigilancia\" está programado. Dado que tal registro se realiza en cada uno de los establecimientos de prostitución ahora clasificados como \"sujetos a vigilancia\", se obtiene, sobre la base de la evaluación de los datos resultantes, un perfil de movimientos completo y, con ello, la posibilidad de una vigilancia total de la actividad profesional de las trabajadoras sexuales.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>La vigilancia reforzada no afecta, por tanto, solo a los explotadores de establecimientos de prostitución, sino que previsiblemente también repercutirá en las trabajadoras sexuales en su totalidad.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>(7)\u003C\u002Fstrong> \u003Cstrong>Aún menos seguridad jurídica para las trabajadoras sexuales\u003C\u002Fstrong>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Debido al hecho de que las \"autoridades competentes\" pueden definir \"requisitos\" no especificados en el contenido de la ley, así como al hecho de que los gobiernos de los estados federados pueden establecer mediante reglamentos cómo deben llevar los empresarios sus libros en el futuro y registrar datos, las trabajadoras sexuales, que se caracterizan por su movilidad, deben prepararse para un mosaico de disposiciones que les afectan, diferente de un estado federado a otro. Mientras que el marco de control se unifica a nivel nacional en el curso de la regulación mercantil, las disposiciones legales a las que las trabajadoras sexuales tienen que someterse resultarán ser una maraña inabarcable de los más diversos requisitos y normas. La seguridad jurídica, a la que también tienen derecho las trabajadoras sexuales en la prostitución, se quedará por el camino. Un medio eficaz de disuasión para dificultar el acceso a la prostitución.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>Balance provisional\u003C\u002Fstrong>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Según el texto de la ley, la clasificación de los establecimientos de prostitución como \"negocios sujetos a vigilancia\" debe tener como consecuencia una \"mejora de las condiciones marco para las personas que ejercen la prostitución\". (pág. 1) ¡Eso es una burla absoluta!\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Que, por lo demás, precisamente más \"vigilancia\" deba ser el medio adecuado para mejorar las condiciones marco de una actividad (¡significativamente ya ni siquiera se habla de una mejora de las 'condiciones de trabajo'!), corresponde a la lógica de un estado de vigilancia autoritario. No de otra manera se comporta este estado frente al sector de la prostitución.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Le habría sentado bien a la sociedad de la República Federal abordar con valentía la igualdad de la prostitución con otras profesiones en colaboración con las organizaciones de trabajadoras sexuales. Pero esta sociedad y sus representantes políticos no están, a todas luces, ni dispuestos ni en condiciones de iniciar y garantizar los pasos necesarios, evidentes y correspondientes a la idea de igualdad ciudadana:\u003C\u002Fp>\n\u003Col>\n\u003Cli>\n\u003Cp>\u003Cstrong>\u003Cu>Contrariedad a las buenas costumbres\u003C\u002Fu>\u003C\u002Fstrong>: ¡Abolición explícita y definitiva del veredicto de contrariedad a las buenas costumbres de la prostitución en el BGB (Código Civil)!\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003Cli>\n\u003Cp>\u003Cstrong>\u003Cu>Discriminación legal\u003C\u002Fu>\u003C\u002Fstrong>: ¡Abolición de todas las disposiciones legales especiales discriminatorias referidas a la prostitución!\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003Cli>\n\u003Cp>\u003Cstrong>\u003Cu>Discriminación administrativa\u003C\u002Fu>\u003C\u002Fstrong>: ¡Cese de todas las formas de trato administrativo especial discriminatorio de la prostitución!\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003Cli>\n\u003Cp>\u003Cstrong>\u003Cu>Profesión liberal\u003C\u002Fu>\u003C\u002Fstrong>: ¡Reconocimiento del carácter de profesión liberal de la actividad de prostitución ejercida de forma autónoma en el derecho mercantil, fiscal y urbanístico! ¡La asociación de trabajadoras sexuales autónomas no es un establecimiento de prostitución regulado mercantilmente!\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003Cli>\n\u003Cp>\u003Cstrong>\u003Cu>Obligación de declaración mercantil\u003C\u002Fu>\u003C\u002Fstrong>: ¡Reconocimiento de los establecimientos de prostitución como \"negocios sujetos a declaración\" según el § 14 de la Ordenanza Industrial!\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003C\u002Fol>\n\u003Cp>El camino de una legalización consecuente de la prostitución, que debería haberse emprendido tras las deprimentes experiencias con la Ley de Prostitución de 2002, inútil en muchos aspectos, queda por ahora bloqueado con la ley antiprostitución recién aprobada –para alegría de todos los opositores a la prostitución.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>La cobardía está escrita en la frente de los representantes políticos de todos los partidos establecidos. La sociedad burguesa patriarcal y sus partidos políticos se muestran incapaces de respetar la separación entre sexualidad y amor practicada en la prostitución como una expresión legítima de la autodeterminación sexual.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>En su lugar, se mienten y engañan a sí mismos y a otros con la supuesta necesidad de endurecimientos legales cada vez mayores frente a la prostitución. Próximamente se sacarán de la manga regulaciones para el castigo de los clientes en caso de uso negligente de los servicios de las llamadas \"prostitutas forzadas\": \"Un proyecto de ley terminado está en el cajón\". (Diputada Ute Granold (CDU\u002FCSU), 243. sesión del Bundestag alemán, 17. periodo legislativo, 6.6.2013, pág. 30796) En la que el \"fuerza\" se define de forma totalmente distinta a como lo ven las propias afectadas. Pues cualquier consentimiento de las afectadas a las circunstancias de su migración o de su inicio del trabajo se considera, por principio, \"irrelevante\".\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>La ideología de la \"trata de seres humanos\": La instrumentalización de la \"protección de las víctimas\" contra la prostitución\u003C\u002Fstrong>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>La aprobación de la \"Ley para la lucha contra la trata de seres humanos y la vigilancia de los establecimientos de prostitución\" toma el requerimiento de implementación de la directiva de la UE 2011\u002F36\u002FEU de 5 de abril de 2011 como ocasión y pretexto para un endurecimiento de la política de prostitución de la República Federal. Encaja. Pues la propia directiva es inconfundiblemente una directiva antiprostitución y antimigración:\u003C\u002Fp>\n\u003Cul>\n\u003Cli>\n\u003Cp> Con la ampliación del concepto de \u003Cstrong>\"trata de seres humanos\"\u003C\u002Fstrong> se anticipa una criminalización integral de la futura migración por pobreza.\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003C\u002Ful>\n\u003Cul>\n\u003Cli>\n\u003Cp>La \u003Cstrong>\"explotación\"\u003C\u002Fstrong> en este contexto incluye \"al menos la explotación de la prostitución ajena\", de modo que tendencialmente el cliente de la prostitución, que explota la prostitución ajena, es un explotador criminal.\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003C\u002Ful>\n\u003Cul>\n\u003Cli>\n\u003Cp>Se debe \"contrarrestar\" la \u003Cstrong>\"demanda\"\u003C\u002Fstrong>, que \"favorece cualquier forma de explotación\". Esta es una exhortación apenas velada, inspirada en las condiciones suecas, para la contención estatal de la prostitución.\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003C\u002Ful>\n\u003Cul>\n\u003Cli>\n\u003Cp>Finalmente, la persecución penal en caso de trata de seres humanos no deberá depender en el futuro de una denuncia o de la acusación de la víctima, y los procesos penales se llevarán a cabo incluso si una víctima ha revocado su \u003Cstrong>declaración\u003C\u002Fstrong>. Con ello se continúa consecuentemente la línea de que la declaración de las mujeres declaradas víctimas es \u003Cstrong>irrelevante\u003C\u002Fstrong>.\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003C\u002Ful>\n\u003Cp>Solo a una opinión pública que ya no toma nota del contenido de las directrices de la UE, y mucho menos se ocupa críticamente de ellas, se le puede vender esta política desde los sectores interesados como \"protección de las víctimas\".\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Desde hace décadas, la \u003Cstrong>retórica de \"protección de las víctimas\"\u003C\u002Fstrong> cultivada por medios y políticos no sirve para proteger a las víctimas reales de la coacción y la violencia, por ejemplo mediante un derecho de residencia ilimitado, sino que se instrumentaliza para poner límites a los derechos legítimos de las trabajadoras sexuales, que son denunciados como favorecimiento de la \"trata de seres humanos\".\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>De una manera totalmente desproporcionada respecto a la magnitud real y la problemática real, la \"protección de las víctimas\" y la lucha contra la llamada \"trata de seres humanos\" se sitúan siempre en el primer plano del debate público cuando en el trasfondo se pretende recortar una vez más los derechos de las trabajadoras sexuales y modernizar y ampliar el sistema de discriminación de la prostitución.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Se debería –aunque no encaje en la propia visión del mundo– tomar nota quizás de que \"según el Informe Federal sobre la Situación de la Trata de Seres Humanos 2011 de la BKA... (solo) 51 de las 640 víctimas registradas por la policía de trata de seres humanos con fines de explotación sexual (eran) nacionales de terceros países que se encontraban ilegalmente en Alemania\". (Respuesta del Gobierno Federal a la interpelación del diputado Volker Beck y del grupo parlamentario Bündnis 90 \u002F Die Grünen, 22. Febr. 2013, pág. 11)\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Solo para este grupo absolutamente marginal de personas tendría posiblemente importancia la demanda de un derecho de residencia ilimitado. Pero sus derechos (denegados) se ponen en primer plano y provocan indignación, mientras que el ataque simultáneo a los intereses legales de 200.000 trabajadoras sexuales en la prostitución se relega interesadamente a un segundo plano y se trata como una nimiedad. ¿A quién sirve esto?\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>La gran coalición suprapartidista contra la prostitución\u003C\u002Fstrong>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Quien eche un vistazo a los partidos de la \"oposición\", más allá de los actuales partidos del gobierno CDU\u002FCSU y FDP, se verá privado de cualquier ilusión de que aquí hubiera políticos con sentido de los derechos de las trabajadoras sexuales. Los socialdemócratas organizados en el SPD lo llevarían –si pudieran– aún más lejos que la CDU\u002FFDP. Lo demuestra, no en último lugar, el proyecto de ley del SPD sobre establecimientos de prostitución en Bremen.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Hay que dar la razón, excepcionalmente, al opositor a la prostitución MdB Hans-Peter Uhl (CDU\u002FCSU), que por lo demás siempre argumenta de forma inefable, cuando atribuye al SPD \"una manía reguladora sin fin\". \"A ningún político de la CSU se le creería capaz de algo así\", dijo Uhl con la mirada puesta en el SPD de Bremen. Nosotros, por supuesto, lo vemos de otra manera. Pero lo cierto es: el SPD está desde hace tiempo \"a la cabeza del movimiento de la regulación\". (243. sesión del Bundestag alemán, 17. periodo legislativo, 6.6.2013, pág. 30800)\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Pero especialmente vergonzoso es el papel del partido \u003Cstrong>'Bündnis 90 \u002F Die Grünen'.\u003C\u002Fstrong> Durante años ha hablado –siempre de forma muy imprecisa– de una \"regulación mercantil\", de un \"reconocimiento mercantil\" de la prostitución. Muchos centros de asesoramiento especializado que atienden a prostitutas lo han repetido. Ahora Bündnis 90 \u002F Die Grünen descubre sus cartas: ¡\"Reconocimiento mercantil\" significa para ellos la clasificación de los establecimientos de prostitución como \"negocios sujetos a vigilancia\" según el § 38 GewO con todas las consecuencias discriminatorias que de ello se derivan!\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>El grupo parlamentario verde presentó con fecha de 21 de junio de 2013 una propuesta de modificación (Documento de comisión 17(6)285) a la propuesta de ley de la CDU\u002FCSU\u002FFDP, que se limita a conceder a las víctimas de trata de seres humanos un derecho de residencia \"independientemente de la posible participación en un proceso penal\" bajo condiciones formuladas de forma muy restrictiva.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Punto central del asunto: la modificación debe añadirse únicamente como \"Artículo 4\" a los tres artículos de la ley del proyecto de la CDU\u002FFDP hasta ahora existentes. En otras palabras: Bündnis 90\u002FDie Grünen aprueba sin objeciones toda la ley antiprostitución del Gobierno Federal, siempre que se complemente con un párrafo más de protección a las víctimas.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>El partido Bündnis 90 \u002F Die Grünen no podía expresar más claramente que los derechos elementales de las trabajadoras sexuales no significan para ellos más que una mera masa de negociación táctica en el trato con la competencia política.\u003C\u002Fstrong>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Quien –como Bündnis 90 \u002F Die Grünen– señala su conformidad para \u003C\u002Fp>\n\u003Cul>\n\u003Cli>\n\u003Cp>estigmatizar la prostitución por principio como una forma de negocio ligada a la \"criminalidad acompañante\";\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003C\u002Ful>\n\u003Cul>\n\u003Cli>\n\u003Cp>imponer una sospecha generalizada al sector de la prostitución y someterlo a un control y vigilancia administrativo-policial reforzados;\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003C\u002Ful>\n\u003Cul>\n\u003Cli>\n\u003Cp>aceptar ahora, mediante la aceptación de las disposiciones penales especiales tradicionales y discriminatorias contra la prostitución, una desigualdad de trato mercantil de los explotadores de establecimientos de prostitución frente a otros negocios;\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003C\u002Ful>\n\u003Cul>\n\u003Cli>\n\u003Cp>ampliar aún más la inseguridad jurídica de las trabajadoras sexuales en la prostitución con requisitos indefinidos en su contenido y reglamentos específicos de cada estado federado;\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003C\u002Ful>\n\u003Cul>\n\u003Cli>\n\u003Cp>aceptar prácticas de registro de las trabajadoras sexuales, su salida forzosa del anonimato y la revelación de su perfil de movimientos profesional,\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003C\u002Ful>\n\u003Cp align=\"LEFT\">ese ha perdido todo derecho a reclamar la \"protección de las prostitutas\" como legitimación para su actuación política. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Pues no se trata de otra cosa que de una fijación mercantil de la discriminación de un sector profesional al que se le niega sistemáticamente la igualdad legal. Con el consentimiento verde, las trabajadoras sexuales en la prostitución deben seguir llevando una existencia humillante como ciudadanas de segunda clase privadas de derechos. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Forma parte del \"fin de la hipocresía\" que los representantes de Bündnis 90 \u002F Die Grünen dejen claro así de qué lado están. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>A través de las propuestas adicionales presentadas el 27 de junio de 2013 por Bündnis 90 \u002F Die Grünen en el debate del Bundestag sobre la \"obligación de autorización de establecimientos de prostitución\" así como sobre el \"castigo a los clientes\", este partido ha alimentado de forma populista la competencia por las regulaciones antiprostitución más severas a costa de las trabajadoras sexuales y ha intentado, en los últimos metros, adelantar por la derecha a las regulaciones de la CDU\u002FCSU\u002FFDP. Es de esperar que la ley aprobada por la CDU\u002FCSU y el FDP sea mejorada en este sentido, ya sea a través del Bundesrat o a través de un futuro gobierno federal negro-verde. Pues la obligación de autorización es una demanda original de la Oficina Federal de Investigación Criminal (BKA), y el castigo a los clientes una demanda original de la CDU\u002FCSU. Las perdedoras serían, en todo caso, las mujeres en la prostitución. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>Perspectivas\u003C\u002Fstrong> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>No es difícil pronosticar: tampoco con la actual ley antiprostitución se identificarán más víctimas de \"trata de seres humanos\". Pero los establecimientos de prostitución serán puestos de rodillas y cerrados, la prostitución será contenida. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>No solo el actual Gobierno Federal, sino todos los partidos que se han manchado las manos en la colaboración y en el debate sobre la ley antiprostitución ahora aprobada, se ganarán tarde o temprano la enemistad de las trabajadoras sexuales. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Un argumento fuerte más para una organización autónoma, independiente de los partidos políticos y combativa de las trabajadoras sexuales en este país. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>Doña Carmen e.V. seguirá apoyando el proceso de organización de las trabajadoras sexuales para derribar la ley antiprostitución aprobada junto con todas las demás disposiciones legales que discriminan la prostitución.\u003C\u002Fstrong> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Fuente: \u003Ca href=\"https:\u002F\u002Fwww.donacarmen.de\u002Ferklarung-von-dona-carmen-e-v-aus-anlass-der-verabschiedung-des-gesetzes-zur-bekampfung-des-menschenhandels-und-uberwachung-von-prostitutionsstatten\u002F#more-408\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"> https:\u002F\u002Fwww.donacarmen.de\u002Ferklarung-von-dona-carmen-e-v-aus-anlass-der-verabschiedung-des-gesetzes-zur-bekampfung-des-menschenhandels-und-uberwachung-von-prostitutionsstatten\u002F#more-408\u003C\u002Fa>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>**************************************************************************************\u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Ch1>Carta abierta a los diputados del Bundestag alemán  \u003C\u002Fh1>\n\u003Cp>Publicado el \u003Ca href=\"https:\u002F\u002Fwww.donacarmen.de\u002Foffener-brief-an-die-abgeordneten-des-deutschen-bundestags\u002F\">30 de mayo de 2016\u003C\u002Fa> por \u003Ca href=\"https:\u002F\u002Fwww.donacarmen.de\u002Fauthor\u002Fadmin\u002F\">Doña Carmen\u003C\u002Fa>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Estimadas señoras y señores: \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>el 2 de junio de 2016 tendrá lugar en el Bundestag alemán la primera lectura de la llamada \"Ley de Protección de Prostitutas\". \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Como organización que lleva casi dos décadas tratando con mujeres en la prostitución, entre ellas muchas migrantes de la prostitución, aprovechamos esta oportunidad para dirigirnos directamente a ustedes. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Ca name=\"more-725\">\u003C\u002Fa>Ustedes tienen, como miembros elegidos del Bundestag, la posibilidad de manifestar su desagrado contra el proyecto de ley presentado por el Gobierno Federal y negarle su aprobación. En ello queremos alentarlos. Queremos recordarles su responsabilidad –sabiendo perfectamente que las trabajadoras sexuales son una minoría social cuyo destino no tiene por qué interesarles necesariamente a nivel personal. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Pero dado que el trato a las minorías –como deberían saber– ha sido siempre un indicador infalible de la vigencia real de los derechos de libertad, no debería serles indiferente lo que la \"Ley de Protección de Prostitutas\" planeada por la Gran Coalición hace con las afectadas. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>El \"Proyecto de ley para la regulación del sector de la prostitución así como para la protección de las personas que ejercen la prostitución\" (Documento 18\u002F8556 de 25.05.2016) presentado por el Gobierno Federal CDU\u002FCSU\u002FSPD presupone de manera cuestionable como \u003Cstrong>modelo\u003C\u002Fstrong> a una trabajadora sexual que solo actúa de forma autodeterminada en casos excepcionales. El trabajo sexual se considera en su mayoría como determinado por otros. Ante este trasfondo, \u003Cstrong>la creación de innumerables motivos de control,\u003C\u002Fstrong> tal como prevé el proyecto de ley, debe aparecer como \"protección\" de las afectadas y como garantía de una actuación autodeterminada. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Sin embargo, la suposición básica de una trabajadora sexual que actúa en gran medida de forma ajena no está respaldada por ningún estudio de ciencias sociales empíricamente fundado. Se trata, por tanto, de una suposición interesada con el objetivo de legitimar una política que \u003Cstrong>sitúa a todo un grupo profesional bajo un derecho de excepción\u003C\u002Fstrong>. Y de eso hace abundante uso el presente proyecto de ley del Gobierno Federal. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>La \u003Cstrong>\"Ley de Protección de Prostitutas\"\u003C\u002Fstrong> que se someterá a votación en breve\u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cul>\n\u003Cli>\n\u003Cp>– conlleva una \u003Cstrong>desigualdad de trato legal 50 veces mayor\u003C\u002Fstrong> de la prostitución en comparación con otros negocios ejercidos de forma autónoma (ver https:\u002F\u002Fwww.donacarmen.de\u002Fwp-content\u002Fuploads\u002FRechtliche-Ungleichbehandlung-des-Prostitutionsgewerbes.pdf);\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003Cli>\n\u003Cp>– se basa en una \u003Cstrong>violación calculada de la ley\u003C\u002Fstrong> con el fin de contener la prostitución. A modo de ejemplo, baste señalar aquí que la obligación de registro prevista para las trabajadoras sexuales infringe el Art. 8 párr. 4 de la Directiva de la UE 95\u002F46\u002FEG, que prohíbe a los Estados miembros de la UE el tratamiento de datos personales, entre otros, sobre la vida sexual. Señálese además que la obligación de comparecencia personal en el curso del registro previsto o de la prórroga del registro para el trabajo sexual infringe el Art. 8 párr. 1 de la Directiva Europea de Servicios (tramitación electrónica del inicio o el ejercicio de una actividad de servicios).\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003Cli>\n\u003Cp>– impone a las trabajadoras sexuales casi \u003Cstrong>40 obligaciones\u003C\u002Fstrong>, cuyo cumplimiento convierte en una caricatura la libertad profesional garantizada constitucionalmente y empujará a las afectadas a la ilegalidad (ver https:\u002F\u002Fwww.donacarmen.de\u002Fwp-content\u002Fuploads\u002FPflichten-von-SexarbeiterInnen-und-BordellbetreiberInnen.pdf);\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003Cli>\n\u003Cp>– establece con cada una de estas obligaciones los correspondientes \u003Cstrong>motivos de control y sanción,\u003C\u002Fstrong> perfectamente adecuados para someter a las afectadas a \u003Cstrong>chicanas\u003C\u002Fstrong> administrativas según sea necesario; a esto se añaden varias obligaciones para los explotadores, ya que cualquier vivienda utilizada por dos o más trabajadoras sexuales se clasifica como un negocio dirigido por un explotador;\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003Cli>\n\u003Cp>– somete a las trabajadoras sexuales a partir de ahora \u003Cstrong>a cada paso\u003C\u002Fstrong> a una \u003Cstrong>vigilancia\u003C\u002Fstrong> ejercida por el Estado y los explotadores de burdeles;\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003Cli>\n\u003Cp>– allana el camino a una \u003Cstrong>cultura de la sospecha\u003C\u002Fstrong> basada en la denuncia, cuando las viviendas pueden ser allanadas en cualquier momento y sin causa por la policía y las autoridades de orden público con el fin de controlar el presunto ejercicio de la prostitución.\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003C\u002Ful>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>A escala nacional, se convierte así en norma una oferta de servicios sexuales tutelada policialmente. ¡Como en los tiempos del Imperio Alemán! \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>¿Es este trato a la sexualidad de ciudadanos adultos y maduros lo que ustedes, como miembros del Bundestag alemán, tienen en mente como visión de una sociedad futura?\u003C\u002Fstrong> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>El presente proyecto de ley de la Gran Coalición allana el camino para una \u003Cstrong>asesoría de salud obligatoria\u003C\u002Fstrong>, para un \u003Cstrong>registro administrativo obligatorio\u003C\u002Fstrong> de las mujeres afectadas como ocurrió por última vez en 1939 bajo los nazis, para una \u003Cstrong>salida forzosa del anonimato\u003C\u002Fstrong> de las afectadas, para una \u003Cstrong>condomización obligatoria\u003C\u002Fstrong> humillante que interfiere en la vida íntima de personas adultas. ¿Cuándo ha habido nunca tal diversidad de coacción creada por el Estado en la prostitución? \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Tengan la seguridad: \u003Cstrong>Todas las organizaciones de trabajadoras sexuales y todas las organizaciones que pueden remitirse a experiencias en el trato con trabajadoras sexuales rechazan decididamente el proyecto de ley presentado.\u003C\u002Fstrong> Porque lleva escrito en la frente: no es más que una ley antiprostitución. No encontrarán ni una sola trabajadora sexual que pueda ver algo positivo en esta obra legislativa represiva. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>¡No crean, pues, como diputados del Bundestag, todo lo que se les cuenta sobre la \"Ley de Protección de Prostitutas\"! Incluso si colegas de partido hablan de la \"protección de las prostitutas\": ¡desconfíen de ello! Porque no es más que una simulación de hechos falsos. \u003Cstrong>El presente proyecto de ley no pretende en absoluto proteger a las prostitutas de la coacción y la violencia, sino más bien proteger a la sociedad de la prostitución.\u003C\u002Fstrong> Con él, la moral vuelve a ser la pauta del derecho y la ley. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>¿Cómo pueden conciliar este retroceso a tiempos que se creían superados con sus convicciones políticas fundamentales y su conciencia? ¿Cómo va a encajar en una sociedad pluralista una ley que pretende declarar como vinculante para todos el proyecto de vida de determinados sectores de la población?\u003C\u002Fstrong> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>La prostitución constituye \"no pocas veces el medio para delitos considerables (trata de seres humanos, tráfico de estupefacientes, delitos de armas y moneda falsa, etc.), que se cometen con un alto grado de organización. Desde el punto de vista de la investigación, se añade como agravante que este ámbito está dominado cada vez más por grupos de autores extranjeros (barreras lingüísticas y culturales). El Estado no debe seguir cerrando los ojos ante este ámbito. Es inhumano que hagamos como si todo estuviera en orden porque en teoría todo está regulado\". \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>¿No les hace reflexionar que este \u003Cstrong>pasaje citado del borrador del programa del partido \"Alternative für Deutschland\" (AfD)\u003C\u002Fstrong> sea totalmente intercambiable y se encuentre en una formulación casi idéntica en todas las declaraciones correspondientes de la CDU\u002FCSU, del SPD y de los GRÜNEN? \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Aquí y allá se oculta que los \u003Cstrong>delitos pertinentes en este ámbito llevan mucho tiempo disminuyendo\u003C\u002Fstrong>. La \"Estadística Criminal Policial 2015\" publicada hace apenas unos días confirma un descenso impresionante respecto a todos los indicadores en los llamados \"delitos del barrio rojo\". En la \"trata de seres humanos\" (§ 232 StGB), la estadística oficial documenta para el periodo 2000 – 2015 una reducción a la mitad de todos los indicadores pertinentes (casos, presuntas víctimas, sospechosos). La relación \"sospechosos en relación con presuntas víctimas\" se sitúa desde hace décadas en algo más de 1: 1, de modo que hablar aquí de \"crimen organizado\" o de \"grupos de autores extranjeros\" (AfD) ofrece una \u003Cstrong>imagen deliberadamente distorsionada de la realidad\u003C\u002Fstrong>. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Aún más claras son las \u003Cstrong>condiciones en la UE\u003C\u002Fstrong>. Según el último informe de EUROSTAT de 19 de abril de 2016, en la UE, en relación con los más de 500 millones de habitantes, ha habido en los dos últimos años 7.923 presuntas víctimas (ni siquiera confirmadas judicialmente) en cada uno. ¡Un claro descenso frente a los años anteriores! Con una tasa de entre \u003Cstrong>0,3\u003C\u002Fstrong> y \u003Cstrong>0,2 condenas por cada 100.000 habitantes\u003C\u002Fstrong>, la llamada \"trata de seres humanos\" resulta ser uno de los tipos de criminalidad más raros –totalmente \u003Cstrong>en contraste con la estridente histeria contra la trata de seres humanos de la política oficial de la UE\u003C\u002Fstrong> así como de las predicadoras del odio abolicionistas, que piensan que el mundo debe sanar con su proyecto de vida. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>A pesar de todos estos hechos indiscutibles, las cúpulas de los grupos parlamentarios de los partidos del gobierno CDU\u002FCSU y SPD abogan por una \"obligación de permiso para el sector de la prostitución\" y por controles en cualquier momento, independientes de sospecha y sin causa. ¡Han hecho suya una idea fija de la BKA del año 1993! Se han dejado envolver, con la bendición de las iglesias, por las autoridades policiales superiores y los ministerios del interior y se han dejado dictar una \u003Cstrong>ley policial pura y dura\u003C\u002Fstrong>. ¡Qué prueba de incapacidad! \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Incluso comisiones del Bundesrat así como la Asociación Alemana de Mujeres Juristas (djb) contienen el aliento y certifican, entre otros, que el § 11 ProstSchG (\"Órdenes frente a prostitutas\"), en su forma actual, no es compatible con la Constitución. Lo mismo debería aplicarse a otros artículos de la ley. Pues el § 11 ProstSchG solo es representativo del espíritu profundamente represivo que caracteriza a todo el proyecto de ley presente. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Cuando se trata de prostitución, los políticos de todos los partidos se entusiasman casi extasiados con el ideal de la autodeterminación. ¡Pues bien! \u003Cstrong>Si este principio les importa realmente como diputados del Bundestag, ¡no duden ni un momento y den ejemplo!\u003C\u002Fstrong> Se dice que por lo general tendrían que someterse a la disciplina de grupo y tendrían que subordinar sus convicciones personales a ella. \u003Cstrong>¡Tengan ahora el valor y niéguense a una determinación ajena por las fijaciones en todos los sentidos inapropiadas de la cúpula de su grupo parlamentario! ¡Demuestren que se toman en serio la autodeterminación!\u003C\u002Fstrong> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Aunque deban su estima personal, su bienestar político y sus derechos de previsión material como diputados del Bundestag en gran medida a la subordinación a la disciplina de grupo de su partido: ¡resistan en este punto a la tentación de una determinación ajena! ¡Decidan de forma autónoma! ¡Vivan lo que se predica a las trabajadoras sexuales! \u003Cstrong>¡Voten 'No' cuando se trate de someter aquí a 200.000 mujeres a una ley de control represiva!\u003C\u002Fstrong> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Precisamente de las trabajadoras sexuales migrantes se suele decir que son crédulas, que caen en todo tipo de engaños y siguen sin mirar las tentaciones del dinero fácil. Que a eso hay que oponerse. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>¡Den ejemplo también aquí como diputados del Bundestag!\u003C\u002Fstrong> No confíen crédulamente en la puesta en escena mediática demasiado transparente de Alemania como el \"burdel de Europa\". ¡Desconfíen de los escenarios de horror de una inundación masiva del sector de la prostitución por migrantes de la pobreza dirigidas por otros! ¡Reconozcan también a las mujeres extranjeras la capacidad de tomar decisiones racionales! No caigan en la leyenda de que las mujeres en la prostitución no son más que \"víctimas indefensas\", incapaces de ayudarse a sí mismas en caso de coacciones. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>¡Voten, pues, 'No' si se les exige, bajo simulación de hechos falsos, la aprobación de una ley que, en resumidas cuentas, equivale a un ostracismo social de la prostitución!\u003C\u002Fstrong> ¿O pueden conciliar con su conciencia como diputados del Bundestag que las trabajadoras sexuales en este país sean obligadas por miles a la ilegalidad por ley y, con ello, declaradas de facto fuera de la ley? \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>Y por favor, consideren: el ostracismo de la prostitución es, según la experiencia, solo el inicio de un nuevo trato represivo con la sexualidad también más allá de la prostitución. ¿Les parece eso deseable? ¿Es ese su ideal de una sociedad futura y libre?\u003C\u002Fstrong> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Doña Carmen e.V. declaró con motivo de la entrada en vigor de la ley de prostitución rojo-verde en el año 2002 que se trataba de una \"ley de escaparate\" que no resolvía los problemas reales del sector de la prostitución. Tuvimos razón con nuestra valoración de entonces. Pero, por supuesto, nadie quiso escuchar. Hoy, catorce años después, nuestra evaluación del presente proyecto para una \"Ley de Protección de Prostitutas\" no es menos desastrosa. Pero hay una diferencia decisiva: ¡las afectadas no tolerarán la presente ley policial sobre prostitución! ¡Por favor, consideren eso! \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Cstrong>Les apelamos como diputados del Bundestag a tomar en serio la crítica presentada no solo por nuestra parte, sino también por muchas otras organizaciones sociales.\u003C\u002Fstrong> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Por ello: \u003C\u002Fp>\n\u003Cul>\n\u003Cli>\n\u003Cp>– ¡Den derechos a las trabajadoras sexuales, en lugar de dar cada vez más derechos de control a las autoridades y a la policía!\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003Cli>\n\u003Cp>– ¡Defiendan junto con las afectadas la igualdad de trato legal de la prostitución con otros negocios!\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003Cli>\n\u003Cp>– ¡Contribuyan a que el derecho de excepción discriminatorio y el derecho penal especial que aún existe contra la prostitución pertenezcan por fin al pasado!\u003C\u002Fp>\n\u003C\u002Fli>\n\u003C\u002Ful>\n\u003Cp>\u003Cstrong>En resumen: ¡Nieguen en su totalidad su aprobación a la llamada \"Ley de Protección de Prostitutas\"!\u003C\u002Fstrong> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Atentamente, \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Juanita Henning Portavoz de Doña Carmen e.V.\u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Fuente: \u003Ca href=\"https:\u002F\u002Fwww.donacarmen.de\u002Foffener-brief-an-die-abgeordneten-des-deutschen-bundestags\u002F\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\u002F\u002Fwww.donacarmen.de\u002Foffener-brief-an-die-abgeordneten-des-deutschen-bundestags\u002F\u003C\u002Fa>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>**************************************************************************************\u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Ch1>La Ley de Protección de Prostitutas lleva la firma de la policía \u003C\u002Fh1>\n\u003Cp>Publicado el \u003Ca href=\"https:\u002F\u002Fwww.donacarmen.de\u002Fprostituiertenschutzgesetz-traegt-handschrift-der-polizei\u002F\">17. März 2018\u003C\u002Fa> por Doña Carmen e.V. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Queridas compañeras y compañeros, queridos amigos: \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>nuestra organización –la asociación Doña Carmen e.V.– defiende los derechos sociales y políticos de las mujeres en la prostitución. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Difícilmente habrá otro sector económico en este país que esté tan vigilado policialmente como el sector de la prostitución. Digo esto porque desde el año 2000 documentamos la vigilancia policial de este sector en forma de redadas. El resultado: \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>En los últimos 18 años, en el curso de 351 redadas masivas en 1.058 municipios, se han registrado más de 9.500 burdeles y viviendas. 77.000 investigadores desplegados controlaron in situ a unas 55.000 personas, por lo general trabajadoras sexuales. Eso ya es considerable. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Se debe saber que en una de cada 9 redadas intervienen fuerzas especiales de la policía: BGS o Policía Federal, Comandos de Intervención Móvil (MEK), Comandos de Intervención Especial (SEK) e incluso, en casos individuales, el grupo especial GSG 9. Esto demuestra que las redadas en los barrios rojos son siempre también ejercicios de entrenamiento para unidades paramilitares. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Las redadas en el sector de la prostitución son solo la famosa \"punta del iceberg\". Los constantes controles rutinarios 'regulares' de la policía ni siquiera se tienen en cuenta. Según nuestros cálculos, a través de ellos se controla a unas 40.000 mujeres al año. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Revelaciones de Wikileaks han mostrado que el gobierno estadounidense se deja informar detalladamente por el jefe de policía de Frankfurt sobre el alcance y la magnitud de la vigilancia de la prostitución. Esto se desprendió de un informe cablegráfico publicado por Wikileaks en 2011. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Doña Carmen tomó esto como motivo para pedir información al entonces jefe de policía, el Dr. Achim Thiel, sobre qué había de cierto en estas prácticas de interconexión de las autoridades policiales alemanas y estadounidenses respecto a la vigilancia de la prostitución. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>El Sr. Thiel escribió en su momento a Doña Carmen: \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\"Según mi recuerdo, es cierto que probablemente en el tiempo mencionado mantuve una conversación con miembros de las autoridades policiales de EE. UU. en la que se trató de las experiencias de la policía alemana y la estadounidense en la lucha contra la criminalidad del barrio rojo. Se trató de un intercambio de experiencias habitual para el mantenimiento de la cooperación policial internacional\". (Escrito del Dr. Thiel a Doña Carmen, 22.11.2011) \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Consideramos tanto la sobredimensionada y represiva vigilancia policial de la prostitución como el \"intercambio de experiencias habitual\" con la policía estadounidense una auténtica ofensa. Pero todo eso es la normalidad. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Parece que a los que mandan no les gusta nada que se documente su actuación. Eso lo tuvimos que experimentar el año pasado. El mero hecho de que en el sitio web de Doña Carmen llevemos una estadística de las redadas en burdeles visible para cualquiera fue, por ejemplo, una espina clavada para la oficina de impuestos de Frankfurt y un pretexto perfecto para el intento de retirarnos el estatus de utilidad pública. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Así escribió la autoridad fiscal en agosto de 2017 al Tribunal Fiscal de Hesse (cito): \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\"El registro de redadas llevado desde el año 2000 y las protestas regulares contra las redadas policiales... no permiten reconocer que (Doña Carmen e.V.) tenga una comprensión de las tareas de las autoridades de seguridad...\" \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>(Fin de la cita) \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>¡Una actitud crítica frente a la policía se considera por la oficina de impuestos, al parecer, como motivo suficiente para retirar la utilidad pública a una asociación! ¡Eso es notable! \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>No nos hemos dejado impresionar por los ataques de esta autoridad y seguimos documentando la vigilancia policial de las trabajadoras sexuales. Pero no solo nos oponemos a las actividades de control represivas de la policía in situ, sino también a la influencia estructural de la policía en las decisiones políticas. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Como quizás se hayan enterado, desde julio de 2017 regula aquí una llamada \"Ley de Protección de Prostitutas\" el trato con el trabajo sexual en la prostitución. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Los puntos centrales de la ley son (1) una asesoría médica obligatoria, (2) el registro obligatorio de las mujeres, (3) una salida forzosa del anonimato de las afectadas vinculada a ello, (4) la introducción de un carné de prostituta que las trabajadoras sexuales deben llevar siempre consigo, así como (5) amplios derechos de entrada de las autoridades de orden público en los establecimientos de prostitución. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Para entrar en los establecimientos de prostitución ya no se necesitará en el futuro una orden de registro. Ahí la policía puede entrar en cualquier momento. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Para ello hay que saber: un establecimiento de prostitución ya existe cuando solo dos mujeres ejercen la prostitución en una vivienda. El derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio según el Art. 13 GG queda así anulado no solo para las trabajadoras sexuales. Pues el derecho de entrada también se aplica cuando solo existe la sospecha de que una mujer posiblemente ejerza la prostitución en su vivienda. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>El elemento central de la Ley de Protección de Prostitutas, la \"obligación de permiso para establecimientos de prostitución\", permite además un control integral de las mujeres que trabajan allí. Las autoridades de vigilancia pueden crear, si es necesario, un perfil de movimientos casi sin fisuras de las mujeres en la prostitución. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Se mire como se mire: ¡la nueva Ley de Protección de Prostitutas es una ley policial pura y dura! \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Así, se han dejado elaborar elementos individuales de la ley directamente por la policía. El papel de los políticos se limitó a ponerle un manto parlamentario a esta ley como órgano ejecutor de la policía. Con perdón, queridas compañeras y compañeros: ¡estas son condiciones que harían honor a cualquier estado policial! \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>No tenemos el más mínimo problema en demostrar nuestra acusación detalladamente y podemos dar nombres y apellidos: \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>(1) La \"obligación de permiso para el sector de la prostitución\" es un concepto de la BKA del año 1993. Ulrich Sieber, en aquel entonces profesor de derecho penal en la Universidad de Würzburg, lo desarrolló en el estudio encargado y financiado por la BKA \"Logística del Crimen Organizado\". El objetivo declarado era la introducción de nuevas facultades de intervención del Estado, como la desvinculación de las investigaciones policiales del requisito de una sospecha concreta de delito. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>(2) La obligación de registro para las trabajadoras sexuales fue una idea de la Dirección de Policía de Hannover, que en 1999 presentó una iniciativa legislativa completa para la regulación de la prostitución. El comisario jefe Schnelker la expuso en 2001 en una audiencia en el Ministerio Federal de Familia. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>(3) La asesoría de salud y el trato especial a mujeres menores de 21 años son propuestas ligeramente modificadas del agente de la policía criminal de Augsburgo Helmut Sporer del año 2006. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>(4) Los amplios derechos de entrada de la policía en el ámbito de la prostitución en viviendas anclados en la Ley de Protección de Prostitutas se remontan a propuestas por las que abogó Detlef Ubben de la LKA de Hamburgo. El \"Hamburger Abendblatt\" informó en 2011, citando al Sr. Ubben, sobre una iniciativa legislativa al respecto que se desarrolló significativamente en Hamburgo. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Todo esto aclara: ¡la Ley de Protección de Prostitutas lleva de la A a la Z la firma de la policía! \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Así que no es de extrañar, por supuesto, que con ella se anulen derechos fundamentales elementales para las trabajadoras sexuales: el derecho fundamental a la libertad profesional, el derecho fundamental a la autodeterminación informativa, el derecho fundamental a la autodeterminación sexual así como el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Contra esto, Doña Carmen ha puesto en marcha un recurso de amparo constitucional que será tratado este año por el Tribunal Constitucional Federal. \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Una cosa está clara: contra la violencia policial, contra la privación de derechos y la discriminación hay que defenderse –¡jurídicamente, políticamente y con acciones como esta de hoy! \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>¡Muchas gracias por su atención!\u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>Fuente: \u003Ca href=\"https:\u002F\u002Fwww.donacarmen.de\u002Fprostituiertenschutzgesetz-traegt-handschrift-der-polizei\u002F#more-1992\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\u002F\u002Fwww.donacarmen.de\u002Fprostituiertenschutzgesetz-traegt-handschrift-der-polizei\u002F#more-1992\u003C\u002Fa>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Ca href=\"\u002Ftexte\u002Fdas-verbot-von-prostitution-zwischen-freiheit-und-zwang-teil-1-\u002F1\">Volver a la página anterior - Parte 1\u003C\u002Fa>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp>\u003Ca href=\"\u002Ftexte\u002Fdas-verbot-von-prostitution-zwischen-freiheit-und-zwang-teil-3\u002F3\">Seguir leyendo - Parte 3\u003C\u002Fa>\u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>\n\u003Cp> \u003C\u002Fp>",false,[],1793236448056]